TÍTULO: ANÁLISIS COMPARATIVO ENTRE EL CONVENIO 161 DE LA OIT Y LA DIRECCIÓN MÉDICA DE LA HCDN EN SALUD LABORAL (#21714)

Introducción
Este estudio examina la alineación entre las normativas, valores y principios de la Dirección Médica de la HCDN y los estándares internacionales del Convenio 161 de la OIT, enfocados en la prevención de enfermedades y accidentes laborales. A través de un análisis comparativo, se identifican similitudes y diferencias con el objetivo de formular recomendaciones que mejoren las prácticas de salud laboral y promuevan un entorno laboral más seguro y saludable para todos los empleados. Se revisó la normativa internacional sobre salud laboral, con especial énfasis en el Convenio 161 de la OIT y su aplicación en el contexto argentino. Este marco resalta la importancia de la prevención y seguridad en el trabajo, así como su implementación en las políticas de la Dirección Médica. Hipótesis: Existen tanto similitudes como diferencias significativas entre las misiones y funciones de la Dirección Médica de la HCDN y las disposiciones del Convenio 161 de la OIT. Objetivos: Analizar la alineación entre las políticas de la Dirección Médica y el Convenio 161. Identificar áreas de convergencia y divergencia para mejorar las prácticas de salud laboral.
Materiales y Métodos
Se empleó una metodología combinada de análisis de contenido y análisis comparativo. La triangulación de fuentes se utilizó para contrastar hallazgos con literatura académica, estableciendo conexiones entre las normativas internacionales y las políticas de la Dirección Médica de la HCDN. El análisis se centró en los documentos normativos de la Dirección Médica de la HCDN y el Convenio 161 de la OIT. Se utilizaron técnicas cualitativas, incluyendo codificación temática y análisis comparativo. Se aplicó la técnica sistemática de análisis de contenido para identificar patrones y temas recurrentes, además de un análisis discursivo para comparar la presentación de los códigos en los documentos.
Análisis de los datos
El análisis comparativo mostró que, si bien las funciones de la Dirección Médica de la HCDN están alineadas en gran medida con las directrices del Convenio 161 de la OIT, existen diferencias en aspectos administrativos que no impactan directamente en la operativa de la Dirección Médica. No obstante, la Dirección Médica sigue principios clave de la OIT, como el asesoramiento, la adaptación del entorno laboral, la identificación de riesgos y la vigilancia de factores de salud.
Conclusiones
La Dirección Médica de la HCDN muestra un compromiso firme con la salud y seguridad laboral, adaptándose a los principios de la OIT. El estudio sugiere áreas donde se pueden implementar mejoras para fortalecer las políticas de salud laboral y promover un entorno de trabajo más seguro. Se identificaron artículos del Convenio 161 que son altamente aplicables a las prácticas de la Dirección Médica, mientras que otros se centran en aspectos menos relevantes para su operativa. El análisis proporciona recomendaciones para potenciar la implementación de políticas más efectivas en salud laboral.
Tabla adjunta
Funciones de los SST (Artículo 5)
Tema Códigos Convenio 161 Misiones y Funciones Similitudes Diferencias 
1.Responsabilidad del empleador y participación de los trabajadores en la salud laboral1.1.Responsabilidad del empleadorResponsabilidad del empleador respecto a la salud y seguridad de los trabajadores (Artículo 5)Implementar estrategias en materia de salud y prevención (Dirección Médica). Supervisar cumplimiento de obligaciones de las subdirecciones. Monitoreo de licencias médicas (Subdirección de Salud Ocupacional).Ambos destacan la responsabilidad del empleador y la necesidad de supervisión.El enfoque del Convenio es más general, mientras que las funciones específicas son más detalladas en la Dirección Médica.
1.2.Participación de los trabajadoresNecesidad de participación de los trabajadores en la seguridad y salud laboral (Artículo 5)Difusión de acciones de prevención (Subdirección Médica y Departamento de Salud Ocupacional). Promoción de hábitos saludables.Ambos subrayan la importancia de la participación activa de los trabajadores.Las funciones de la Dirección Médica son más concretas en acciones específicas.
2.Identificación y evaluación de riesgos laborales2.1.Identificación y evaluación de riesgosIdentificación y evaluación de riesgos que afectan la salud (Artículo 5(a))Monitoreo de exámenes ocupacionales. Identificación de estrategias preventivas (Departamento de Salud Ocupacional). Ambas enfatizan la identificación y evaluación de riesgos como parte crucial de la salud laboralLa Dirección Médica incluye monitoreos específicos que no se detallan en el Convenio.
2.2.Vigilancia del entorno laboralVigilancia del medio ambiente de trabajo y prácticas que afectan la salud (Artículo 5(b))Supervisión de reducción horaria y cambios de tareas por razones médicas. Prevención de riesgos (Departamento de Salud Ocupacional).Ambas promueven la vigilancia del entorno laboral para proteger la salud.La Dirección Médica proporciona acciones más específicas para la supervisión.
3.Asesoramiento técnico y planificación del trabajo3.1.Asesoramiento en planificación y organización del trabajoAsesoramiento en la planificación del trabajo, diseño de lugares de trabajo, equipos y sustancias peligrosas (Artículo 5(c))Diseño de entornos laborales saludables y planes de ergonomía (Departamento de Salud Ocupacional). Ambos abordan la importancia del diseño del lugar de trabajo y la planificación adecuada.La Dirección Médica puede incluir enfoques adicionales basados en la normativa local.
3.2.Asesoramiento en sustancias peligrosasAsesoramiento sobre las sustancias utilizadas en el trabajo (Artículo 5(c))prevención de aquellas noxas que puedan afectar la salud Ambos enfatizan la necesidad de asesoramiento en el uso de sustancias peligrosas.La Dirección Médica ofrece más detalles en la implementación de planes.
4.Participación en la mejora de las prácticas laborales4.1.Mejora de prácticas laboralesParticipación en programas para mejorar las prácticas laborales (Artículo 5(d))Proponer mejoras en las actividades del área. Fortalecimiento de los programas de prevención (Subdirección de Salud Ocupacional).Programas de donación de sangre: Organización de campañas de donación de sangre para los trabajadores de la institución como parte de las iniciativas de bienestar.Ambos destacan la mejora de prácticas laborales como un objetivo esencialLa Dirección Médica puede incluir iniciativas específicas como programas de donación de sangre.
4.2.Evaluación de nuevos equipos:Pruebas y evaluación de nuevos equipos en relación con la salud (Artículo 5(d))Supervisión del equipamiento médico, farmacológico y técnico, como desfibriladores (Departamento de Consultorios).Ambos consideran la evaluación de nuevos equipos como parte de la mejora de la salud laboral.La Dirección Médica presenta especificaciones sobre el equipamiento que se evalúa.
5.Vigilancia de la salud de los trabajadores5.1.Vigilancia de la salud en relación con el trabajoVigilancia de la salud de los trabajadores en relación con el trabajo (Artículo 5(f))Monitoreo de licencias médicas, exámenes ocupacionales y seguimiento de las evaluaciones de salud (Subdirección de Salud Ocupacional). Promoción de la salud mental: Implementación de acciones a través del equipo de Salud Mental y Apoyo Psicosocial (SMAPS) para fomentar el bienestar psico-emocional de los trabajadores. Reducción del estrés laboral: Desarrollo de acciones orientadas a disminuir el impacto del estrés laboral entre los trabajadores.Ambos abordan la vigilancia de la salud como un aspecto clave de la gestión de la salud laboral.La Dirección Médica incluye acciones específicas como la promoción de la salud mental y la reducción del estrés laboral.
6.Ergonomía y adaptación del trabajo al trabajador6.1.Adaptación del trabajo al trabajadorAdaptación del trabajo a las capacidades de los trabajadores (Artículo 5(g))Supervisión de cambios de tareas por razones médicas.Ambas destacan la importancia de adaptar el trabajo a las capacidades del trabajador.La Dirección Médica incluye acciones más concretas en la supervisión de cambios.
6.2.Adaptación del trabajo al trabajadorAsesoramiento en ergonomía y equipos de protección individual/colectiva (Artículo 5(e))Diseño de entornos laborales saludables y planes de ergonomía (Departamento de Salud Ocupacional).Planificación de entornos laborales saludables (Departamento de Salud Ocupacional).Ambos promueven el asesoramiento en ergonomía y la adaptación del trabajo.La Dirección Médica ofrece enfoques más detallados sobre la implementación de ergonomía.
7.Asistencia en rehabilitación y primeros auxilios7.1.Rehabilitación profesional:Asistencia en medidas de rehabilitación profesional (Artículo 5(h))No aparece explícito. Podría incluirse en el monitoreo del retorno laboral tras licencias médicas.Ambos enfatizan la importancia de la rehabilitación y el retorno laboral.La Dirección Médica no menciona explícitamente la rehabilitación.
7.2.Organización de primeros auxilios y atención de urgenciaOrganización de primeros auxilios y atención de urgencia (Artículo 5(j))Atención de urgencias y emergencias médicas. Supervisión del equipo para atención pre-hospitalaria (Departamento de Consultorios).Ambos destacan la necesidad de atención de urgencias y primeros auxilios.La Dirección Médica proporciona un enfoque más específico en la supervisión del equipo.
8.Formación y educación en salud laboral8.1.Formación y educación en salud lColaboración en la difusión de información, formación y educación en salud laboral (Artículo 5(i))Capacitación en reanimación cardiopulmonar y uso de desfibriladores. Ateneos y capacitaciones (Subdirección de Salud Ocupacional).Programas de prevención del ACV y neuroprotecciónAmbos resaltan la importancia de la formación y educación en salud laboral.La Dirección Médica incluye programas específicos como el de prevención del ACV y neuroprotección.
9.Análisis de accidentes y enfermedades profesionales9.1.Análisis de accidentes laborales.Participación en el análisis de los accidentes laborales (Artículo 5(k))No está explícito. Podría incluirse en los informes de seguimiento de licencias médicas (Subdirección de Salud Ocupacional).Ambos abordan el análisis de accidentes como parte de la gestión de la salud laboral.La Dirección Médica tiene un enfoque claro en el análisis de accidentes.
9.2.Análisis de enfermedades profesionales.Participación en el análisis de las enfermedades profesionales (Artículo 5(k))Monitoreo de la salud y prevención de enfermedades en el ámbito laboral (Departamento de Salud Ocupacional).Ambos enfatizan la necesidad de analizar enfermedades profesionales.La Dirección Médica ofrece un enfoque más práctico en el monitoreo y prevención.

Tipo: Investigación Cualitativa

Palabras clave: Dirección Médica HCDN, Convenio 161 de la OIT, Normativas internacionales, Salud Laboral.

Categorias: Medicina Laboral

Institución: Honorable Cámara de Diputados de la Nación

Ciudad: CABA ,

País: Argentina

Autores
  • DILEO, PABLO
  • CRONSHEY, ANDRES
  • Halac, Marcelo
  • Leone, Hebe
  • O'Grady, Magdalena
  • Rodrigues dos Reis, Joana
  • zarate, alejandra elizabeth
  • Reuter De Francesco, María Lucila
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